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El Comité de la Competencia dice que se favorece a Renfe al abrir al mercado los trenes turísticos

16 junio 2013

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¿Modelo defensivo o restricciones a la competencia? La Comisión Nacional de Competencia (CNC) tacha de “claramente negativa” la norma que el Ministerio de Fomento ha redactado para regular la apertura a la competencia del transporte de viajeros en trenes turísticos a partir del próximo 31 de julio, al considerar que introduce “asimetrías” respecto a Renfe, que se ve “favorecida”. El informe que ha elaborado respecto al proyecto de Orden Ministerial de Fomento que regula la liberalización de este servicio ferroviario de viajeros es concluyente y establece la situación de prevalencia de la operadora ferroviaria española.

La CNC se refiere además a la modificación que el Gobierno introdujo el pasado mes de abril en la Ley del Sector Ferroviario por la que el transporte en tren con finalidad turística quedó fijado como un servicio diferenciado del transporte de viajeros y “sujeto a condiciones y requisitos específicos”. El organismo considera que ni la Ley ni la Orden Ministerial “favorecen el objetivo de facilitar la entrada y la competencia” por varios motivos, entre los que enumera el hecho de que introduce barreras a la entrada y de que favorece al actual operador dominante, a Renfe.

El organismo que preside Joaquín García Bernaldo de Quirós, pese a “valorar cualquier esfuerzo liberalizador”, estima que “la liberalización completa del transporte ferroviario convencional de pasajeros resultaría la solución más favorable para la competencia y la alternativa que ofrece mayores posibilidades de impulsar estos mercados, mejorar las condiciones de precio y de calidad y beneficiar a los usuarios”. Añade además que todo ello “resulta preocupante a la luz de la prevista liberalización general de todo el transporte de viajeros, en la medida en que puede condicionarla o dilatarla”.

En cuanto a los motivos que llevan a Competencia a rechazar la norma por la que Fomento busca abrir a la competencia el tren turístico, señala que la legislación introduce “una asimetría con Renfe”, porque la operadora “podrá ofertar sus servicios como parte de paquetes turísticos sin necesidad de sujetarse a las disposiciones de la Orden Ministerial”. En opinión del organismo, esto “puede disuadir a nuevos potenciales operadores interesados”. Además, las ventajas de Renfe, “pueden agravarse atendiendo a otras asimetrías que ya la favorecen de forma global”.

Competencia estima también que el texto incluye “barreras económicas de acceso innecesarias y desproporcionadas”, al requerir que todas las plazas del tren se presten en el marco de una “combinación previa”. También observa “barreras adicionales” en el hecho de que se indique la necesidad de que el servicio deba “venderse u ofrecerse por una agencia de viajes, con arreglo a un precio global, y que aparte del transporte debe incluir otros servicios”. Competencia estima que ello “restringe la libertad comercial del prestador”.

Con todo, la CNC apunta que “para introducir competencia en determinadas líneas de mayor potencial turístico, resultaría más efectivo y menos distorsionador de la competencia considera que potencialmente todas las líneas lo pueden ser y permitir que los operadores, en su caso, desarrollen el mercado”.

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