ABC.ES
4 octubre 2013
España
El maquinista del tren de Santiago ignoró al menos cinco señales de la vía
El juez Luis Aláez, que instruye las diligencias por el accidente del tren Alvia ocurrido el pasado 24 de julio a poco más de cuatro kilómetros de Santiago de Compostela, en el que murieron 79 personas, reparte la culpa de la tragedia entre el maquinista y los responsables de Adif, actuales y anteriores; la Abogacía del Estado, por su parte, considera que la responsabilidad es solo del maquinista. En consecuencia, el primero apunta a quienes decidieron sobre la infraestructura, mientras que la segunda aporta informes que confirman que el tramo de vía en el que se produjo el siniestro cumplía las normas de seguridad que exigía la legislación nacional e internacional.
El abogado del Estado personado en la causa ha recurrido, otra vez, ante la Audiencia Provincial de La Coruña, un auto del juez Aláez, en esta ocasión del 24 de septiembre, en el que cita como imputados a «todas las personas que han sido presidentes y vocales» de Adif, así como al «director de Seguridad en la Circulación, gerente del Área de Seguridad en la Circulación Noroeste, jefe de la Inspección de la Gerencia de Área de Seguridad en la Circulación Noroeste, e inspectores de dicha Jefatura». También el fiscal ha presentado recurso contra este auto.
La Abogacía del Estado afirma que lo que el juez afirma en el auto recurrido «no es más que lo que a la primera vista podría pensar cualquier profano en la materia, sin capacitación para interpretar un conjunto de datos técnicos, y que prestase unicamente atención a los que se le presentan como más familiares o comprensibles como el relativo a un sistema de frenado automático». Añade el recurso que las consideraciones del juez sobre el tramo de vía en el que se produjo el suceso están huérfanos de «análisis y justificación técnica» y precisa que el conductor del tren «ignoró al menos cinco señales laterales de la vía en el tramo inmediatamente anterior al punto del accidente».
No solo eso; el abogado del Estado destaca que «la señalización implantada (en la vía) y las condiciones del trazado fueron consideradas correctas por las más de 7.000 circulaciones en servicio (y sus maquinistas), además de las correspondientes a las de prácticas, que circularon por este tramo antes del 24 de julio de 2013, como lo demuestra el hecho de que no se recibió en la Dirección de Seguiridad de Circulación de Adif ninguna indicación en contrario».
Precisa el recurso que el auto del juez «no hace referencia alguna a la distribución de competencias y funciones entre los distintos órganos de Adif ni, por lo tanto, justifica por qué a las concretas personas objeto de imputación le es atribuible una conducta omisiva en el cumplimiento de los específicos deberes que a cada una de ellas le correspondían». Tampoco detalla el instructor -añade el recurso- «la conducta que de ellos debía esperarse y las omisiones negligentes» que habrían cometido.
Antes de la resolución del recurso, el propio juez Aláez ha decidido suspender la declaración de nueve de los imputados porque el abogado que los representa tiene problemas de salud.