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22 octubre 2013

El juez mantiene imputar a vocales de Adif por aceptar el cambio de sistema

El magistrado rechaza el recurso de un vocal de la entidad contra su imputación porque podría haberse opuesto a relevar el ERTMS por el ASFA al estimar que había "un déficit de seguridad"

redacción | a coruña 22.10.2013 |

Aláez sostiene que la modificación "se inserta en un plan de reducción de costes de la compañía

El juez Luis Aláez.
El juez Luis Aláez.

El juez Aláez, que instruye el caso del descarrilamiento del Alvia del pasado 24 de julio, en el que fallecieron 79 personas, ha desestimado el recurso contra su imputación presentado por un vocal del consejo de administración de Adif, Juan Carlos C. D., uno de los 22 miembros de dicho consejo o responsables de seguridad de la empresa que el magistrado imputó el 24 de septiembre. El recurrente ha planteado un recurso de apelación ante la Audiencia de A Coruña.

En su auto, el juez sostiene que los consejeros de Adif tenían encomendada, "por encima de cualquier otra función, la protección de la seguridad en la circulación". Por ello, señala, se responsabilizaban de "la modificación del proyecto que finalmente salió adelante por el respaldo que le dieron". El juez alude a que en el último tramo entre Ourense y Santiago, previo a la curva de A Grandeira, opera el sistema de seguridad ASFA y no el ERTMS, "más avanzado y completo".

Para el juez, "aun admitiendo" que haya sido la "omisión" del maquinista la causa "inmediata" del descarrilamiento, "esa omisión y, por ende, la salida de vía del tren y las muertes y lesiones de los ocupantes del tren, se habrían evitado se si hubiese mantenido la explotación en el acceso al enclavamiento de Santiago con el sistema ERTMS como inicialmente se preveía en el proyecto constructivo".

Aláez considera que "el recurrente era conocedor o debiera serlo de la alta probabilidad de un error humano por mera distracción y sus graves consecuencias para los usuarios" de la línea "al ser conocedor también o deber serlo de las características básicas de los sistemas ERTMS y ASFA".

Si en el sector ferroviario, argumenta Aláez, el pilar de la seguridad en la circulación es el "factor humano", se intensifica el deber objetivo de cuidado de evitar accidentes" que el recurrente asume" como vocal del consejo de administración de Adif, "como sus delegados y técnicos". Para el juez, los cargos mencionados deben "acentuar las medidas de seguridad más circulando con ASFA", para "atajar" los "posibles deslices" de los conductores.

Juan Carlos C. D., señala el juez "como cualquiera de sus compañeros"-lo que indica que su argumentación puede hacerse extensible al resto de los miembros del consejo de administración de Adif, incluidos sus presidentes-, "bien pudiera haberse opuesto a dicho modificado del proyecto original por estimar la existencia de un déficit en la seguridad en la circulación al sustituir el sistema ERTMS por el sistema ASFA sin complementación alguna, lo que no consta que hiciera y ello tras tener a su alcance toda la información precisa". El documento con la modificación del proyecto "tuvo que estar a disposición de todos los miembros del consejo que, sin duda, podían rechazar la propuesta", asegura Aláez.

El magistrado señala que en el suceso que se investiga, además, se debe tener en consideración que la modificación del proyecto original parece tener su origen en la política de inversión del Adif puesto que el proyecto modificado "se inserta en un plan de reducción de costes de obra y mantenimiento".

El hecho de que el consejo delegase las competencias de seguridad en la Dirección de Seguridad en la Circulación no implica, señala el juez, "una relevación absoluta de la responsabilidad", ya que el consejo "responde por la elección y supervisión de las correctas funciones del delegado". En el presente caso, alega, el recurrente "estaba o debiera estar en condiciones de valorar la situación de déficit de seguridad en la circulación generada por los propios responsables de Adif y con su capacidad y rango de dirección podía haberla impedido o corregido".

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